13/12/2016
SALVADOR
SALGADO MOLINA SECCIÓN 11 3# SEMESTRE
Yo Salvador
Salgado Molina, he concluido todo el temario de “Nociones de Derecho Mercantil
Mexicano”. Publicando todos los temas en mi Blogger http://materiadmercantil.blogspot.mx/
TEMARIO (CONCLUSIONES DE LOS TEMAS)
I.-
Introducción: Este trabajo, pretende acercarnos a las
nociones más generales y básicas del Derecho Mercantil, sus componentes, sus
bases, su historia Y sus limitaciones. Esta investigación se presenta como una
serie de conceptos e ideas básicas y generales sobre lo que es el derecho
Mercantil. Que servirá de ayuda para poder entender sus conceptos más básicos y
elementales.
II.-
Actos de comercio: No todo el que realiza actos de
comercio reviste la calidad de comerciante, sino que debe hacerlo con
habitualidad y no accidentalmente.
Cabe destacar que el acto de comercio no es simplemente la compra y venta de un producto. No son actos de comercio la compra de artículos o mercaderías que para su uso o consumo, o los de su familia, hagan los comerciantes.
Cabe destacar que el acto de comercio no es simplemente la compra y venta de un producto. No son actos de comercio la compra de artículos o mercaderías que para su uso o consumo, o los de su familia, hagan los comerciantes.
III.-
Empresas: La empresa, como figura jurídica, es un concepto
problemático. Nuestra legislación mercantil no reglamenta a la empresa en forma
orgánica, sistemática, considerada como una unidad económica. Se limita a
regular en forma particular algunos de sus elementos (por ejemplo: las
obligaciones fiscales, las obligaciones laborales, las marcas, las patentes,
etc.)
A pesar de no existir una reglamentación orgánica de la empresa, numerosas disposiciones reconocen la existencia de la empresa y procuran evitar la desintegración de la unidad económica que representa, en beneficio de la economía nacional.
A pesar de no existir una reglamentación orgánica de la empresa, numerosas disposiciones reconocen la existencia de la empresa y procuran evitar la desintegración de la unidad económica que representa, en beneficio de la economía nacional.
IV.-
Títulos de crédito: Los títulos de crédito, se llaman así,
por respeto histórico, recordando a la letra de crédito que origina su
naturaleza y estructura, a esos documentos- valor representantes cantidades de
dinero.
Los títulos de crédito, tienen como función la finalidad jurídica y la economía, ya que agilizan las transacciones mercantiles y las facilitan; por ello su uso está aceptado en la legalidad internacional, por todos los países de la Tierra, como los pagarés, las letras de cambio, los cheques, las acciones, los Bonos Financieros, los Bonos Estatales.
Los títulos de crédito, tienen como función la finalidad jurídica y la economía, ya que agilizan las transacciones mercantiles y las facilitan; por ello su uso está aceptado en la legalidad internacional, por todos los países de la Tierra, como los pagarés, las letras de cambio, los cheques, las acciones, los Bonos Financieros, los Bonos Estatales.
V.-
Contratos mercantiles: El contrato es una especie del
convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones, así que podemos
afirmar que el contrato mercantil es el acuerdo de dos o más voluntades para
crear o transferir derechos y obligaciones de naturaleza mercantil en la cual
existe, en una de las partes, la presencia de un comerciante
Se denomina sociedad mercantil a aquella organización dedicada a la obtención de lucro a partir de intercambios comerciales, diferenciándose desde esta perspectiva de una sociedad civil.
Las operaciones de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente.
Se denomina sociedad mercantil a aquella organización dedicada a la obtención de lucro a partir de intercambios comerciales, diferenciándose desde esta perspectiva de una sociedad civil.
Las operaciones de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes, respectivamente.
COMENTARIOS SOBRE LOS
DE BLOGGER DE MIS COMPAÑEROS
Mi comentario al Blogger de Rafael Pulido Valdovinos
Esta bien el concepto de comercio pero te falto
decir que es la intermediación entre la oferta y la demanda de mercaderías, con
el objetivo de obtener un lucro.
Mi comentario al Blogger de Gloria Valencia Figueroa
Yo creo que el
concepto doctrinal de acto de comercio se resume en la acción que un individuo
o empresa lleva a cabo en la compra de un bien, un producto, o en su defecto,
la adquisición de los derechos de los mencionados, a partir del pago de una
suma de dinero acordada con quien vende, que será hasta ese momento el dueño o
poseedor de los derechos del bien en cuestión.
Mi comentario al Blogger de Martin Ruano Martínez
Esta bien el concepto de empresa (claro y resumido).
Pero creo que un concepto más completo sería: La empresa es una organización
social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de
recursos (financieros, materiales, tecnológicos y humanos) para lograr
determinados objetivos, como la satisfacción de una necesidad o deseo de su
mercado meta con la finalidad de lucrar o no; y que es construida a partir de
conversaciones específicas basadas en compromisos mutuos entre las personas que
la conforman.
Mi comentario al Blogger de Ximena Sánchez Guevara
Estoy de acuerdo de
como surgieron los títulos de crédito. Su definición puede ser así: Los Títulos
de crédito son documentos que autoriza al portador legítimo para ejercitar
contra el deudor y transferir el derecho literal y autónomo en ellos consignado
Mi comentario sobre el Blogger de Alejandra Ponce
La definición de
operaciones de crédito sin desglosarla tanto podría quedar así: Las operaciones
de crédito son negociaciones financieras que importan recibir o prestar dinero
por parte de las entidades financieras de los clientes o a los clientes,
respectivamente.
Mi opinión del Blogger de María Guadalupe Cárdenas
Yo creo que un
corredor es un auxiliar de comercio autónomo porque con su intervención se
proponen y ajustan los actos, contratos y convenios y se certifican los hechos
mercantiles.
Mi opinión sobre el Blogger de Everardo
Estoy de acuerdo que el derecho mercantil surge en
Francia en el siglo XVII, sabiendo esto se puede agregar que en 1854 durante el
gobierno de Antonio López de Santa Anna, se promulgó el primer Código de
Comercio mexicano, conocido con el nombre de "Código de Lares".
Mi opinión del Blogger de Y-Dan Josh
Para mí una Sociedad Mercantil es una “Persona jurídica, creada por
mínimo dos personas denominadas “socios”, los cuales se obligan a combinar sus
recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, lícito y persiguiendo
el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las
que por ministerio de ley le correspondan.”
https://nocionesdederechom1.blogspot.mx/2016/12/1.html?showComment=1481402112300#c792892884133859232
Mi comentario del Blogger de Fredy Hernández
Está bien la definición de comerciante. Mi opinión
seria que son comerciantes las personas que teniendo capacidad legal para
ejercer el comercio hacen del su ocupación ordinaria; esta definición genérica
cubre a las personas físicas y morales o sociedades y a mexicanos y
extranjeros.